Cómo rescatar un plan de pensiones

La tributación de los planes de pensiones comprende dos partes diferenciadas: por un lado, la inicial, referente a las aportaciones y, por otro lado, la referente al reembolso o rescate, es decir, el momento de recibir la prestación. Y es que los planes de pensiones están diseñados para aplazar el pago de impuestos desde el momento de las aportaciones hasta el momento del rescate, lo que conlleva ciertas implicaciones fiscales.


Tratamiento fiscal


Es crucial tener dos conceptos claros sobre los impuestos que se pagan en la declaración de la renta a la hora de rescatar un plan de pensiones. Por un lado, como contribuyente, tienes la obligación de pagar impuestos sobre los derechos consolidados (derechos consolidados = cantidad invertida + beneficios obtenidos). Esto contrasta con la tributación de acciones y fondos de inversión, donde solo se grava la ganancia.

Para ilustrar mejor este tema, consideremos una inversión de 100.000 € en un fondo con una rentabilidad del 6% (6.000 €). Si optas por rescatarlo todo, solo pagarás un 19% en impuestos sobre esos 6.000 €, es decir, 1.140 €. Sin embargo, en un plan de pensiones, todo el capital queda gravado según la escala general, cuyo tipo efectivo será mayor al 19%. Como ventaja, has podido desgravarte antes las aportaciones realizadas al plan.

Por otro lado, hay que hacer énfasis en que al rescatar un plan de pensiones pagas impuestos según la base general. Así, los planes de pensiones no tributan dentro de la base imponible del ahorro; en su lugar, se integran con tus ingresos por salario o pensión, considerándose rendimientos del trabajo y tributando según la escala general de tramos del IRPF (base imponible general), cuyo tipo marginal puede llegar a ser de hasta un 47%.


Modalidades de rescate


Existen tres modalidades para rescatar el dinero de un plan de pensiones:

1. En forma de capital: pago único que incluye tanto las aportaciones como los rendimientos.
2. En forma de renta: recibir aportaciones y rendimientos en pagos regulares a lo largo del tiempo.
3. En forma mixta: recibir una parte en capital y la otra en forma de renta.


Rescate en forma de renta


La modalidad de rescate del plan en forma de renta implica recibir pagos periódicos, ya sea de forma mensual, trimestral, semestral, anual... Esta opción es la preferida por la mayoría de las personas para recuperar su plan de pensiones, siendo la más compatible con la idea de ser un complemento para la pensión pública.

Al optar por este método, el dinero recibido se integrará con el resto de las rentas del trabajo y tributará dentro de la base general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El dinero de la pensión se equiparará al salario y estará sujeto al tipo marginal del IRPF, el cual tiende a ser menor después de la jubilación.

Es relevante destacar que el tipo marginal se aplica al total de la renta percibida mientras que el porcentaje aplicado a las rentas del ahorro se calcula solamente sobre los beneficios. La renta percibida en planes de pensiones incluye el dinero depositado a lo largo de los años más la rentabilidad obtenida.

Otro aspecto relevante que necesitas considerar es que el dinero proveniente del plan de pensiones constituye un segundo pagador en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo cual impactará en tu obligación de presentar la declaración de la renta.


Rescate en forma de capital


Cuando se rescata un plan de pensiones en forma de capital, la base imponible habitual crece de manera significativa, lo que implica que se podrían superar los límites del tramo tributario en el que uno se encuentre y tener que tributar a un porcentaje más elevado. Es decir, haber realizado aportaciones cuando el tipo marginal era del 30% y rescatarlas de golpe al 45%.

Desde un punto de vista práctico, rescatar todo el capital del plan de pensiones en forma de capital puede resultar en un aumento significativo del tipo marginal (pudiendo alcanzar el máximo del 47%) y en un pago de impuestos considerable durante el primer año de la jubilación. Por esta razón, recuperar el plan de pensiones en forma de capital suele no ser la mejor opción desde un punto de vista fiscal.

Si decides rescatar tu plan de pensiones en forma de capital, evita, al menos, recuperar el dinero el mismo año en que te jubiles. La razón es sencilla: ese año, el dinero rescatado se unirá a tu último salario anual, por lo que al ser el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) progresivo, la suma de ambas cifras te situará en un tramo superior o simplemente pagarás muchísimos impuestos.


Rescate sin tributar


En ciertos casos excepcionales, la normativa fiscal en España permite que el rescate de un plan de pensiones esté exento de tributación o disfrute de beneficios fiscales exclusivos. Esto aplica en situaciones como invalidez, enfermedad grave o desempleo de larga duración.

En el caso de la invalidez permanente, ya sea total, absoluta o gran invalidez, esta permite acceder al rescate del plan de pensiones en condiciones especiales. En algunos casos, una parte del rescate puede estar exenta de tributación, aunque esto depende del grado de invalidez y de la normativa aplicable en el momento del rescate.

El rescate de un plan de pensiones también puede beneficiarse de exenciones o reducciones fiscales en caso de que el titular o alguno de sus familiares más cercanos (como el cónyuge o hijos) sufra una enfermedad grave. Para ello, la enfermedad debe implicar un deterioro significativo de la salud del afectado y requerir intervención clínica de larga duración o un tratamiento prolongado.

Si una persona está en situación legal de desempleo, ha agotado las prestaciones contributivas por desempleo (paro), no tiene derecho a ningún otro tipo de prestación por desempleo y está inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o en el organismo competente de su comunidad autónoma, puede solicitar el rescate anticipado de su plan de pensiones, que puede llegar a no tributar.

Si una persona no percibe salario ni pensión y decide rescatar dinero de su plan de pensiones, este se considerará su único ingreso a efectos del IRPF y, en función de lo establecido en el Artículo 20 de la LIRPF sobre la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, podría llegar a rescatar su plan con exenciones. Dependiendo de la cuantía y de si percibe o no otro tipo de ingresos, el dinero rescatado podría quedar libre de impuestos.


Conclusión


La tributación de los planes de pensiones implica un equilibrio entre las ventajas fiscales obtenidas durante las aportaciones y las consideraciones al momento del rescate. La elección entre el rescate en forma de capital o de renta tiene implicaciones importantes en la carga impositiva, ya que según la cantidad a rescatar, una persona puede llegar a tributar a un tipo marginal superior al desgravado durante las aportaciones.

Como se ha visto, la opción más eficiente es rescatar el plan de pensiones en forma de renta por su menor impacto fiscal. El rescate en forma de capital requiere una buena planificación para evitar aumentos abruptos en el tipo marginal, especialmente al momento de la jubilación. En última instancia, la estrategia fiscal óptima para cada persona dependerá de la situación financiera individual y de los objetivos específicos de cada uno.

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