Qué es la plusvalía municipal

Cuando se adquiere o se transmite un inmueble, se adquieren también una serie de obligaciones fiscales para con el inmueble. Una de estas obligaciones es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Bienes de Naturaleza Urbana (IIVTNU), comúnmente conocido como el Impuesto de plusvalía municipal. A continuación, veremos en qué supuestos se paga este impuesto.


¿Qué es el Impuesto de plusvalía municipal?


La Plusvalía Municipal, técnicamente denominada Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Bienes de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un gravamen municipal que se aplica cuando se produce una transmisión de un inmueble, ya sea un local, un garaje, un trastero o una vivienda. Este impuesto se calcula en función del aumento del valor de un terreno urbano con el paso del tiempo. A mayor tiempo de tenencia, mayor porcentaje a pagar. En resumen, la Plusvalía Municipal se basa en la diferencia positiva entre el valor de adquisición y el valor de venta de un inmueble.


¿Quién debe pagar la plusvalía municipal?


La responsabilidad de pagar la Plusvalía Municipal recae en diferentes partes, dependiendo de la transacción:

- En las compraventas, el vendedor es quien debe abonar el impuesto.
- En las donaciones, la persona receptora de la donación es la responsable del pago.
- En el caso de las herencias, son los herederos quienes asumen la carga de la plusvalía municipal.


Plazo para pagar la plusvalía municipal


El plazo para pagar este impuesto varía según la forma en que se haya transmitido la propiedad:

- En compraventas o donaciones, el plazo es de 30 días hábiles.
- En herencias, se debe pagar durante los primeros seis meses desde el fallecimiento del propietario del inmueble, con la posibilidad de prorrogar otros seis meses si se notifica dentro del plazo establecido.


¿Cómo se calcula la plusvalía municipal?


El cálculo de la plusvalía municipal se basa en la aplicación de un impuesto municipal, que varía de un municipio a otro, sobre la base imponible. Esta base imponible se calcula utilizando dos métodos: el objetivo y el método real. Los detalles sobre cómo se realiza este cálculo se pueden encontrar en la legislación vigente de cada municipio.


¿Qué factores se tienen en cuenta en el impuesto de plusvalía municipal?


Para determinar si ha habido un aumento en el valor de la propiedad y, por lo tanto, cuánto se debe pagar en concepto de Plusvalía Municipal, se consideran varios factores, que se evalúan a través de la referencia catastral.

Estos factores incluyen:

- La fecha de adquisición y venta de la propiedad.
- El período de tenencia de la propiedad.
- El valor catastral del terreno.
- La revalorización del terreno durante el período de propiedad.
- Un coeficiente establecido por el ayuntamiento que se aplica al cálculo final de la plusvalía.
- Los valores de adquisición y transmisión de la propiedad.
- Posibles bonificaciones o exenciones aplicables al impuesto.
- El porcentaje del valor catastral del terreno.


Exenciones en el impuesto de plusvalía municipal


Existen casos en los que no es necesario pagar el Impuesto de plusvalía municipal:

- Si no hay ganancia patrimonial en la venta del inmueble.
- Cuando el terreno sobre el que está construido el inmueble no ha aumentado de valor desde su adquisición.
- En la transmisión de inmuebles entre cónyuges.
- En la venta de inmuebles declarados de interés cultural.
- En transmisiones de propiedades pertenecientes a entidades estatales o benéficas.
- En terrenos rústicos a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- En casos de dación en pago de la vivienda habitual para cancelar deudas con garantía hipotecaria.


¿Qué sucede si no puedes pagar la plusvalía municipal?


Si no cumples con el pago de la plusvalía municipal, el ayuntamiento puede exigir el monto adeudado y aplicar intereses de demora, cuyas tasas varían según el período de retraso.


¿Los inmuebles con más de 20 años pagan plusvalía municipal?


Sí, se debe pagar la plusvalía municipal si se obtienen ganancias con la venta del inmueble, independientemente de cuántos años hayas sido propietario. Sin embargo, la Agencia Tributaria establece un límite máximo de 20 años para el cálculo de la plusvalía; después de ese período, el impuesto no continúa aumentando. En casos donde el valor actual de la vivienda sea igual o inferior al valor de adquisición, no se debe pagar la plusvalía municipal, lo que se conoce como "ganancia patrimonial nula."

Aunque no exista la obligación de pagar este impuesto en tales casos, es importante notificar la transmisión y proporcionar documentación que acredite la falta de aumento en el valor del inmueble.

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