Cómo eludir impuestos al vender una vivienda

Las transacciones inmobiliarias suelen venir acompañadas de una carga fiscal considerable, pero existen ciertos escenarios en los que los contribuyentes pueden escapar de esta carga impositiva. En el contexto de la venta de una vivienda, las ganancias obtenidas pueden quedar exentas de impuestos si se reinvierten en la compra de otra vivienda habitual o en la rehabilitación de la misma. A continuación, exploraremos estas exenciones fiscales y cómo pueden ayudarte a reducir tus impuestos al vender una propiedad.


Cómo se gravan las ganancias patrimoniales en la venta de una vivienda


Es importante comprender cómo se gravan las ganancias patrimoniales en el IRPF. Estas ganancias se incluyen en la base imponible del ahorro y tributan a tasas fijas que varían según la cuantía de las ganancias:

- Hasta 6.000 euros de ganancia: 19% de tributación.
- De 6.000 a 50.000 euros de ganancia: 21% de tributación.
- De 50.000 euros a 200.000 euros de ganancia: 23% de tributación.
- Más de 200.000 euros de ganancia: 26% de tributación.

Si has adquirido una nueva vivienda mediante una hipoteca, el importe total obtenido en la venta se calcula restando el principal del préstamo pendiente de amortizar al valor de venta.


Exención por reinversión en la vivienda habitual


Cuando vendes tu vivienda habitual, las ganancias obtenidas pueden quedar exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) si reinviertes el dinero en la compra de otra vivienda habitual. Este beneficio fiscal, conocido como la "exención por reinversión de la vivienda habitual," también se aplica si decides invertir en la rehabilitación de tu nueva casa. Además, el Tribunal Supremo ha ratificado esta exención incluso si financias la compra de la nueva vivienda a través de una hipoteca.

Esta exención puede suponer un ahorro significativo, ya que elimina la necesidad de pagar impuestos que normalmente oscilan entre el 19% y el 26% de las ganancias obtenidas en la venta.


Exención para mayores de 65 años


Los mayores de 65 años pueden beneficiarse de exenciones fiscales adicionales al vender una vivienda. Si la vivienda vendida es la habitual, la exención es del 100%. En casos de copropiedad, la exención se aplica solo al propietario mayor de 65 años respecto a su parte de la propiedad.

Si la vivienda vendida no es la habitual, los mayores de 65 años pueden evitar el pago de impuestos sobre las ganancias obtenidas si reinvierten el dinero en una renta vitalicia. La cantidad máxima que puede destinarse a esta renta es de 240.000 euros, y la reinversión debe realizarse en un plazo de seis meses.


Exención para personas en situación de dependencia


Las personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia, según lo establecido por la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, están exentas de pagar el IRPF por la venta de su vivienda habitual.


Reinversión en viviendas de obra nueva


El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) establece un plazo de dos años para completar las obras y adquirir una nueva propiedad. Este plazo se cuenta desde la transmisión de la vivienda anterior o dos años antes de dicha venta. En este último caso, para que la venta quede exenta de impuestos, debes solicitar una hipoteca sobre la nueva vivienda y cancelarla después de vender la vivienda anterior, sin superar el plazo de dos años.

Sin embargo, una sentencia reciente del Tribunal Supremo ha aclarado que si reinviertes en una vivienda en construcción, el plazo de dos años se inicia desde la transmisión de la vivienda, sin necesidad de adquirir legalmente la nueva propiedad. Sin embargo, las obras deben completarse en un plazo de cuatro años desde el inicio de la inversión.


Reglas y regulaciones


Si decides aprovechar estas exenciones fiscales, es fundamental seguir todas las reglas y regulaciones adecuadamente. La falta de cumplimiento puede tener implicaciones negativas en tus impuestos. Algunos aspectos importantes a considerar son:

1. Declarar correctamente que has reinvertido las ganancias en la nueva vivienda en tu declaración de impuestos.
2. Asegurarte de que la reinversión sea por el mismo importe obtenido en la venta anterior.
3. Conocer el plazo de prescripción de Hacienda para comprobar el cumplimiento de estas exenciones.


Venta a pérdidas y compensación de pérdidas


Si vendes tu vivienda con pérdidas, no estás sujeto a impuestos sobre las ganancias negativas. Sin embargo, debes declarar estas pérdidas en tu declaración de IRPF. Además, puedes compensar estas pérdidas con ganancias patrimoniales obtenidas en el mismo ejercicio, lo que reducirá tu factura fiscal.

En el caso de un saldo negativo después de la compensación, puedes seguir compensando estas pérdidas en los próximos cuatro años, siempre siguiendo el orden mencionado.


Plusvalía municipal


No hay que olvidar que, aparte de la ganancia patriomonial, al vender una vivienda se debe pagar la plusvalía municipal, un impuesto que se abona al ayuntamiento de cada localidad conforme al aumento de precio del terreno en el momento de la venta respecto al momento de la compra.

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