Beneficios fiscales para personas jubiladas

En España, los jubilados cuentan con ciertos beneficios fiscales que les permiten optimizar su renta y reducir la carga de impuestos. Estos beneficios se aplican principalmente en el IRPF, aunque algunas comunidades autónomas ofrecen deducciones autonómicas adicionales.


1. Mínimo personal y familiar más elevado


El mínimo personal y familiar es una parte de tus ingresos que no paga impuestos, porque Hacienda entiende que es lo mínimo necesario para vivir. Este mínimo se resta de la base imponible y, por tanto, reduce directamente lo que pagas de IRPF. Las personas mayores tienen derecho a un mínimo personal aumentado.

• Mínimo personal general: 5.550 €
• Incremento para mayores de 65 años: 5.550 + 1.150 € = 6.700 €
• Incremento adicional para mayores de 75 años: 5.550 + 1.150 + 1.400 € = 8.100 €

De este modo, los jubilados se quedan más dinero antes de empezar a pagar impuestos, reduciendo así su IRPF.


2. Reducciones sobre rendimientos de trabajo y pensiones


En el IRPF, las pensiones de jubilación se consideran rendimientos del trabajo, igual que un salario. Sin embargo, la ley reconoce que los jubilados tienen menos capacidad económica que los trabajadores en activo y, por tanto, les aplica reducciones específicas que disminuyen la parte de su pensión que tributa.

La reducción se aplica automáticamente y varía según los ingresos totales:

a) Pensiones o rendimientos del trabajo inferiores a 14.047 €

Reducción máxima: 2.000 €

b) Entre 14.047 € y 19.747 €

La reducción disminuye gradualmente desde 2.000 € hasta 0 €.

c) Por encima de 19.747 €

No hay reducción general, ya que se considera que se tiene suficiente capacidad económica.


3. Deducciones autonómicas


Algunas comunidades autónomas ofrecen deducciones adicionales para jubilados, que varían según la región:

• Gastos por residencias de mayores o asistencia a domicilio.
• Deducciones por vivienda habitual (alquiler o hipoteca) para personas mayores.
• Deducciones por dependencia o discapacidad, si el jubilado o su cónyuge la padecen.

Estas deducciones se aplican directamente en la declaración de la renta y reducen la cuota a pagar.


4. Exenciones específicas


Ciertas prestaciones pueden estar total o parcialmente exentas de IRPF:

• Pensiones compensatorias derivadas de resoluciones judiciales en procesos de separación: totalmente exentas.
• Prestaciones por incapacidad permanente: exenta por completo de IRPF.
• Gran invalidez: exenta por completo de IRPF.
• Incapacidad permanente total: exenta si el beneficiario tiene más de 55 años y dificultad para obtener empleo.


Ejemplo práctico


Supongamos un jubilado de 70 años que percibe una pensión pública de 20.000 € al año:

• Mínimo personal + incremento por edad: 5.550 + 1.150 € = 6.700 €
• Base imponible ajustada: 20.000 € – 6.700 € = 13.300 €
• Impuestos a pagar (tramo 0 – 12.450 € al 19%): 12.450 × 0,19 = 2.365,50 €
• Impuestos a pagar (tramo 12.450 – 13.300 € al 24%): 13.300 – 12.450 = 850 → 850 × 0,24 = 204 €
• Total impuestos a pagar: 2.365,50 € + 204 € = 2.569,50 €

En este ejemplo, el jubilado se queda con 17.430,50 € netos (20.000 € – 2.569,50 € = 17.430,50 €).


Conclusión


Los jubilados en España pueden aprovechar múltiples beneficios fiscales, tanto estatales como autonómicos, que permiten reducir la base imponible, aplicar deducciones específicas y, en algunos casos, gozar de exenciones parciales. Conocer estas ventajas es clave para optimizar la renta disponible tras la jubilación.

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